Glosario


Desde hace más de cuatro décadas la agenda de grupos y temas sociales –como la de equidad de género-, anteriormente excluida y no reconocida, se ha implantado cada vez con mayor solidez en el quehacer público local e internacional.

El Gobierno democrático del Distrito Federal se ha aplicado vigorosamente a reconocer y proteger jurídicamente estos derechos, así como a diseñar políticas públicas, incluido el presupuesto, desde las perspectivas de género y de derechos humanos.

Una de las consecuencias lógicas de esta expansión temática y de políticas públicas ha sido la ampliación del vocabulario en el ámbito de la Administración Pública, por lo que la Secretaría de Finanzas pone al alcance de todo público el presente glosario como una herramienta para hacer accesibles palabras y conceptos que han ganado terreno en el lenguaje cotidiano.



Este concepto es retomado por la Ley de igualdad sustantiva para mujeres y hombres en el Distrito Federal de los instrumentos internacionales contra la discriminación y definido como: las medidas especiales de carácter temporal, correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, aplicables en tanto subsista la desigualdad de trato y oportunidades de las mujeres respecto a los hombres. En la Ley Para Prevenir y Erradicar la Discriminación se refieren a éstas como medidas positivas señalando que las situaciones o cargas que buscan compensar o corregir son el resultado de prácticas o sistemas sociales discriminatorios.

La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal señala que son los traspasos de recursos y movimientos que se realizan durante el ejercicio fiscal a las estructuras funcional-programática, administrativa, económica, a los calendarios de presupuesto, así como a las ampliaciones y reducciones líquidas al mismo, siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas aprobados en este presupuesto. Estas modificaciones son justificables siempre que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos, metas y resultados de las Subfunciones aprobadas en el presupuesto.

Es el estudio que permite diagnosticar las diferencias que distinguen a las mujeres y a los hombres respecto a sus actividades, condiciones y necesidades específicas, su acceso a los recursos y el control sobre ellos y su acceso al proceso de adopción de decisiones y a los beneficios relacionados con el desarrollo. El análisis de género examina los vínculos entre estos factores en un contexto social, económico, político y ambiental de mayor amplitud. De acuerdo con Daniel Cazés el análisis de género comporta principalmente el recopilar en la población datos desagregados por sexo e información que tenga en cuenta las cuestiones de género. Al hacer el análisis de género se identifican las brechas de desigualdad entre los géneros.

Según la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal son las estimaciones que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública efectúan de las erogaciones necesarias para el desarrollo de sus programas, para que con base en éstos la Secretaría de Finanzas, integre, elabore y consolide el Proyecto de Presupuesto de Egresos.

De acuerdo con el Programa de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las mujeres en el Distrito Federal se refiere a aquellos programas, proyectos o políticas públicas desarrolladas por actores públicos, privados o sociales que se caracterizan por haber logrado cumplir eficazmente las metas planteadas, contar con sistemas de registro, monitoreo y evaluación de resultados, que sean innovadoras, que tengan una alta incidencia pública y social, y que sean replicables y sostenibles en el tiempo.

Se refiere a los esquemas desiguales de acceso, participación y control de mujeres y hombres sobre los recursos, servicios, oportunidades y beneficios del desarrollo en cualquier área de la vida privada y pública. Dichos esquemas forman parte de la cultura y refuerzan las relaciones desiguales de poder entre mujeres y hombres. Se les conoce también como brechas de género. Éstas se observan en las condiciones de menor oportunidad contra las de mayor de oportunidad entre uno y otro género. La disminución de las brechas de desigualdad es un propósito fundamental de la política pública implementada por el Gobierno del Distrito Federal.

Según el Manual de Programación Presupuestación 2010 para el Distrito Federal es el Instrumento presupuestario que tiene como objetivo lograr la correspondencia entre las fuentes y aplicación de recursos del sector público a lo largo del ejercicio fiscal y que permite a las Unidades Responsables del Gasto dar seguimiento, controlar y evaluar las operaciones relativas a la estructura por subfunción, resultado y actividad institucional o presupuestarias y, entre otros, lograr un manejo eficiente de los recursos públicos.

Permite identificar quién lleva a cabo las erogaciones agrupando por sector, subsector y unidad responsable. En el gasto destinado a la disminución de brechas de desigualdad entre mujeres y hombres, el número de las unidades responsables que han signado recursos muestran una tendencia ascendente entre los años 2008 y 2010 pasando de 54 a 79.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria lo define como el instrumento que permite registrar de manera ordenada, sistemática y homogénea las compras, los pagos y las erogaciones autorizados en capítulos, conceptos y partidas con base en la clasificación económica del gasto. Este clasificador permite formular y aprobar el proyecto de Presupuesto de Egresos desde la perspectiva económica y dar seguimiento a su ejercicio.

Se refiere a los valores, atributos, roles y representaciones en que la sociedad asigna mayor valor a un sexo en detrimento del otro. Las desigualdades de género, en que se minusvaloran todos aquéllos factores asociados a lo femenino, se han dado históricamente sin importar diferencias culturales, económicas o geográficas.

De acuerdo con la Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal es toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o social, la nacionalidad o el lugar de origen, el color o cualquier otra característica genética, el sexo, la lengua, la religión, la condición social o económica, la edad, la discapacidad, las condiciones de salud, la apariencia física, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la ocupación o actividad o cualquier otra que tenga por efecto anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, de los derechos y libertades fundamentales, así como la igualdad real de oportunidades de las personas. La Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres en el Distrito Federal señala que "La igualdad entre mujeres y hombres implica la eliminación de toda forma de discriminación, directa o indirecta, que se genere por pertenecer a cualquier sexo, y especialmente, las derivadas de la maternidad, la ocupación de deberes familiares y el estado civil".
En materia presupuestaria, La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal establece que las unidades responsables deberán incorporar contenidos que promuevan la erradicación de roles y estereotipos que fomenten cualquier forma de discriminación.
El Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal señala que no solamente se trata de no discriminar sino de adoptar medidas afirmativas para garantizar la inclusión de grupos o sectores de la población tradicionalmente discriminados o excluidos.

La Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la define como toda distinción, exclusión a restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera.

Es la división del trabajo que se ha realizado históricamente en función de los roles asignados tradicionalmente a mujeres y hombres. Se asigna a las mujeres la mayor parte del trabajo no remunerado, mientras que los hombres se relacionan con el trabajo remunerado.
Dentro de esta división, a las mujeres corresponderían las responsabilidades de la crianza, la educación, la atención y cuidado de quienes integran a la familia, así como la organización y mantenimiento del hogar, actividades que constituyen lo que se define como "trabajo reproductivo", comprende, además, tareas de cuidado de las personas enfermas, dependientes, y adultas mayores; Las mujeres, además de sus labores no remuneradas, participan en el sector productivo, lo que reduce de manera significativa su tiempo libre, a menos que transfieran parte de sus labores a otra persona, quien la mayoría de las veces será otra mujer (por ejemplo, las hijas, las abuelas, las nueras o las empleadas del hogar).
Por su parte, los hombres tienen asignado el "rol productivo", papel central para ellos vinculado a la actividad económica o actividad "productiva", como "proveedores" del núcleo familiar.
En la sociedad se valoriza únicamente el trabajo productivo por su relación con la retribución monetaria, mientras el trabajo reproductivo es visto como "natural" y es, por tanto menos valorizado.

En la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se entiende como el logró en el ejercicio fiscal de los objetivos y las metas programadas en los términos de la misma ley.

Es el ejercicio del Presupuesto de Egresos en tiempo y forma, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Este concepto permite identificar los efectos sociales, económicos y humanos de los roles tradicionales de género, así como su valoración en la sociedad. La economía del cuidado se refiere a la actividad humana que se relaciona con el proceso de cuidar de la fuerza laboral presente y futura, e incluye la reproducción, la provisión y preparación de alimentos, la satisfacción de la necesidad de vestido y la limpieza de la vivienda. Los componentes de esta economía pueden ser tanto remunerados como no remunerados; sin embargo, por lo general este sector no recibe pago alguno y se excluye de las cuentas nacionales, por lo que no existe una estimación de su valor y aportación a la economía.

El informe sobre desarrollo humano del PNUD de 1995, menciona que el trabajo que realizan las mujeres en sus hogares y comunidades establece la base de la fuerza laboral y el ambiente de seguridad de las actividades del mercado y del Estado. Mientras más tiempo se requiera para que las mujeres hagan ese trabajo, menos disponibles estarán para trabajar en la economía remunerada. Esta situación no sólo genera preguntas sobre justicia para las mujeres, sino también en torno al papel de las mujeres en la eficiencia económica global.

Al tener un importante componente de género, todas las obligaciones de los gobiernos en materia de cuidado de personas (enfermos, personas dependientes o con discapacidad, etc.), que se dejen de cumplir, ya sea por recortes presupuestales o por otras causas, significará un aumento en la jornada de trabajo de las mujeres en el ámbito familiar.

Se refiere a los valores, atributos, roles y representaciones que la sociedad asigna a hombres y mujeres, en razón de su sexo y que son asumidos por las personas. Desde la perspectiva de género se analizan y cuestionan porque tradicionalmente han generado discriminación y desigualdad.

Se refiera a la manifestación personal de pertenencia a un género determinado, a la aceptación o rechazo entre el sexo biológico y el género psicológico.

Constituye el objetivo principal del desarrollo social y se expresa en la mejora continua de la distribución de la riqueza, el ingreso y la propiedad, en el acceso al conjunto de los bienes públicos y al abatimiento de las grandes diferencias entre personas, familias, grupos sociales y ámbitos territoriales.

Supone que mujeres y hombres son libres y equivalentes para desarrollar sus potencialidades humanas, sin las limitaciones impuestas por los roles y estereotipos de género. La concreción de este principio plantea valorar y considerar los diferentes comportamientos e intereses de ambos para promover el trato justo y compensar las desigualdades que establecen, de entrada, diferencias sustantivas en su posición de mujeres y hombres para acceder a los recursos y las oportunidades sociales. Es un concepto según el cual todas las personas deben tener el mismo trato y las mismas oportunidades en todos los ámbitos y no ser objeto de discriminación.
El avance hacia la igualdad se expresa en la mejora continua de la distribución de las oportunidades, los bienes, los recursos, los ingresos y la propiedad, así como en el acceso al conjunto de los bienes públicos y al abatimiento de las grandes diferencias entre personas en razón de su sexo.
Los tipos de igualdad a que se aspira entre mujeres y hombres son: Igualdad jurídico-política, Igualdad social, Igualdad de oportunidades, Igualdad de oportunidades entendida como comienzo igual e Igualdad económica.
Además de su valor en sí misma, la igualdad tiene un valor como instrumento para el desarrollo humano. Se ha comprobado que cuando las mujeres tienen acceso a recursos y control sobre decisiones, esto se traduce en mejoría para la sociedad y para las familias; en este sentido, El Banco Interamericano de Desarrollo señala que la igualdad de género contribuye a la reducción de la pobreza y redunda en mayores niveles de capital humano para las generaciones futuras.

Es el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Se refiere al análisis de propuestas de políticas para ver si las mismas afectan a mujeres y hombres de manera diferente, con la perspectiva de adaptar estas propuestas para neutralizar efectos discriminatorios y promover la igualdad de género.

De acuerdo al Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española la palabra indicador tiene como significado "algo que indica o sirve para indicar". En la gestión de los programas públicos un indicador se caracteriza como las variables que caracterizan los avances hacia el cumplimiento de objetivos. Relacionan las acciones realizadas con el cumplimiento de las metas y resultados esperados permitiendo analizar los logros alcanzados.

Variables que caracterizan los avances para el cumplimiento de las metas y resultados esperados permitiendo analizar los logros alcanzados a partir de una situación de inicio, que es la que se busca transformar. En el tema de la equidad de género, estas variables deben permitir identificar la disminución de desigualdades y el avance hacia la equidad entre mujeres y hombres.

Informe sobre la ejecución y cumplimiento de los presupuestos y programas aprobados, que el Jefe de Gobierno presenta cada tres meses a la Asamblea de acuerdo a lo que señala La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal y su Reglamento.

El informe que la Secretaría de Finanzas debe remitir a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, a través de la Comisión de Equidad de Género, con base en la información que proporcionen las Unidades Responsables del Gasto, a más tardar a los 45 días naturales de concluido el trimestre que corresponda.

Se asocian a los roles de las mujeres y de los hombres. Se identifican usualmente dos tipos de necesidades: Necesidades Prácticas, que surgen de las condiciones que las mujeres y los hombres viven a consecuencia de los roles de género que les son asignados a unas y otros en la sociedad. Generalmente se refieren a las mujeres en su rol reproductivo como madres y/o cuidadoras. En los estratos económicos más bajos estas necesidades están vinculadas a la sobrevivencia por lo que la atención a las necesidades básicas no necesariamente promueve la igualdad de género y si puede prolongar las desigualdades. Las necesidades estratégicas se asocian con la superación de la posición desigual de las personas en la sociedad, tienen que ver con el empoderamiento de las mujeres. Las necesidades estratégicas varían de acuerdo al contexto social, económico y político en el que se crean. Con su atención institucionalizada y sistemática se generan transformaciones paulatinas de las tradiciones sexistas.
De acuerdo a La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal las necesidades de las mujeres serán consideradas directamente para su atención por las unidades responsables del gasto en los programas para promover la igualdad de género.

Son las sugerencias dirigidas a mejorar el impacto los programas y acciones encaminadas a disminuir las brechas de igualdad entre mujeres y hombres.

Concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, la desigualdad y la exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la equidad de género.

Son políticas que no contemplan las necesidades e intereses de las mujeres. En apariencia estas políticas se presentan como neutras o con beneficios para toda la población, aunque generen efectos discriminatorios para las mujeres, o bien, refuercen la división sexual del trabajo. Por ejemplo: para otorgar un crédito agrario se solicita el respaldo de una propiedad.
En apariencia, se trata de un requisito neutro, pero en realidad es discriminatorio porque sólo un porcentaje muy reducido de mujeres cuenta con un título de propiedad.

Toman en cuenta las necesidades de mujeres y hombres, introduciendo cambios en los desequilibrios de poder. Entre los objetivos estratégicos de estas políticas está la articulación de "la esfera pública" y la "esfera privada" para redistribuir la carga doméstica, modificar las condiciones de inserción de las mujeres en el mercado laboral, impulsar procesos que favorezcan el empoderamiento y la participación en la toma de decisiones y, en general, garantizar las condiciones para el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres.

Asignaciones presupuestarias anuales comprendidas en el Decreto y autorizadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Provisiones de recursos que las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades constituyen con cargo a su presupuesto, para atender los compromisos derivados de cualquier acto y/o instrumento jurídico, tales como las reglas de operación de los programas, otorgamiento de subsidios, aportaciones a fideicomisos u otro concepto que signifique una obligación, compromiso o potestad de realizar una erogación.

Proceso de asignación de recursos públicos orientados a la igualdad entre mujeres y hombres a partir del análisis diferenciado de su situación y condición en razón de los roles y estereotipos tradicionales de género. En este proceso se reconocen tanto las necesidades básicas (para cumplir estos roles asignados) y estratégicas (para su desarrollo integral como persona, -lo que de forma natural llevaría a la resignificación de dichos roles-), el estado en el que se encuentra el ejercicio de derechos y el acceso a bienes, recursos, servicios y oportunidades, como las contribuciones a la producción y reproducción económica y social de ambos sexos. Un elemento fundamental del Presupuesto con esta perspectiva es la identificación de los impactos diferenciados que tiene el gasto en mujeres y hombres.
El Programa de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las Mujeres de la Ciudad de México constituye una herramienta importante para su implementación.

Son las sugerencias dirigidas a mejorar el impacto los programas y acciones encaminadas a disminuir las brechas de igualdad entre mujeres y hombres.

Importe de las erogaciones respaldadas por los documentos comprobatorios una vez autorizadas para su pago con cargo al presupuesto autorizado o modificado, determinadas por el acto de recibir el bien o el servicio, independientemente de que éste se haya pagado o no.

Presupuesto que resulta de aplicar las adecuaciones presupuestarias al presupuesto autorizado, de conformidad con lo que establece La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal.

En La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal se encuentra como Presupuesto por Resultados y se define como la estrategia para asignar recursos en función del cumplimiento de objetivos previamente definidos, determinados por la identificación de demandas a satisfacer, así como por la evaluación periódica que se haga de su ejecución con base en indicadores.

Programa Operativo de la Administración Pública del Distrito Federal referente a su actividad conjunta y que cuantifica los objetivos, metas, programas, resultados y programas delegacionales para la asignación de recursos presupuestales de acuerdo con La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal.

La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal lo define como el documento que sirve de base para la integración de los Anteproyectos de Presupuesto anuales de las propias Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades.

Conjunto de objetivos relacionados entre sí tendientes a crear una transformación de una determinada situación, según lo establece La Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal. Los objetivos en la equidad de género buscan el resultado de disminuir las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en el Distrito Federal clasificado en la estructura programático- presupuestal como el Resultado 13.

Son formas de comportamiento de las personas que aprenden y se despliegan en la vida social. Los roles de género son aprendidos o adquiridos por hombres y mujeres durante su proceso de socialización como miembros de una comunidad. Estas conductas representan las distintas funciones que ejercemos cotidianamente en los diferentes contextos de desenvolvimiento, por ejemplo: ser esposa, madre, empleada, marido o trabajador. El género (o expectativa social) se concreta a través de los roles.
Las mujeres tienen múltiples roles que por lo general no son reconocidos social y económicamente. Estos roles implican un diferente acceso y control sobre los recursos. Los múltiples roles de las mujeres hacen referencia a lo reproductivo, productivo y de gestión comunitaria. La manera en que éstos son valorados afecta la forma en que mujeres y hombres estructuran prioridades en programas de planeación o proyectos. Tomar o no tomar en consideración estos roles puede satisfacer o impedir el desarrollo de oportunidades de las mujeres para recibir los beneficios del desarrollo.

Para la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal es el agrupamiento de Entidades Coordinadas por la Secretaría de Finanzas y que en cada caso designe la persona titular de la Jefatura de Gobierno.

La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria lo define como el conjunto de elementos metodológicos que permiten realizar una valoración objetiva del desempeño de los programas, bajo los principios de verificación del grado de cumplimiento de metas y objetivos, con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer el impacto social de los programas y de los proyectos.

Conjunto de actividades relacionadas entre sí en las que se ejercen recursos para el logro del objetivo que les da sentido y dirección, a fin de alcanzar un resultado específico en beneficio de una población objetivo a través de una unidad responsable del gasto, de acuerdo con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal.

Para la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal es el agrupamiento de Entidades Coordinadas por la Secretaría de Finanzas y que en cada caso designe la persona titular de la Jefatura de Gobierno.

El Programa de Igualdad de Oportunidades y no Discriminación hacia las mujeres en el Distrito Federal la define como una herramienta metodológica para garantizar la inclusión de la perspectiva de género como eje integrador, en la gama de instrumentos, políticas y prácticas de índole legislativa, ejecutiva, administrativa y reglamentaria, tendientes a la homogeneización de principios, conceptos y acciones a implementar, para garantizar la concreción del principio de igualdad.
El Programa General de Desarrollo 2007-2012 establece a la Equidad de Género como uno de los tres ejes transversales al quehacer público del período.
La Transversalidad de Género valora las implicaciones que tienen todas las acciones legislativas, programáticas o políticas, en todos los niveles, en mujeres y hombres. Su objetivo final es que las desigualdades no se perpetúen consiguiendo la igualdad entre mujeres y hombres.

Órganos Autónomos y de Gobierno, Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades y cualquier otro órgano o unidad que realicen erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Federal.





    Bibliografía

  1. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal.
  2. Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente para el Distrito Federal.
  3. Ley para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el Distrito Federal.
  4. Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacia la mujer.
  5. Ley de Igualdad Sustantiva para mujeres y hombres en el Distrito Federal.
  6. Programa de Igualdad de Oportunidades y No Discriminación hacia las Mujeres en el Distrito Federal.
  7. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
  8. Manual para Capacitación en Presupuestos con Enfoque de Género. Comisión Europea, 1998
  9. Materiales del Diplomado "Presupuesto basado en Resultados" SHCP-UNAM. 2010
  10. Suplemento No. 3 (A/S-23/10/Rev.1) Naciones Unidas.Nueva York, 2000
  11. Guía "Impacto de género de las disposiciones normativas que elabore el gobierno, de acuerdo a la ley 30/2003". Instituto de La Mujer (Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales). Madrid, España. 2005.
  12. Manual de Programación Presupuestación para la formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2009.
  13. Manual de Programación Presupuestación para la formulación del Anteproyecto del Presupuesto de Egresos 2010.
  14. Estrategias para la integración de la perspectiva de género en los presupuestos públicos. Instituto de la Mujer (Ministerio de Igualdad) Madrid, España. Autoras: Paloma de Villota , Yolanda Jubeto, Ignacio Ferrari Cazés, Daniel. La perspectiva de género. Guía para diseñar, poner en marcha, dar seguimiento y evaluar proyectos de investigación y acciones públicas y civiles. Consejo Nacional de Población. Comisión Nacional de la Mujer, México. 2000

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